Tu donación
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Todo lo que necesitas saber sobre las ventajas fiscales de donar en España. Para particulares y para empresas. Sin tecnicismos.
Donar tiene premio.
Y es legal.
En España, las donaciones a entidades sin ánimo de lucro como Ecocolmena no solo hacen bien al planeta y a las abejas: también reducen lo que pagas a Hacienda. Cada euro que donas te cuesta bastante menos de lo que parece.
Gracias a la Ley 49/2002 de Mecenazgo, y con la mejora introducida en enero de 2024, un particular puede recuperar hasta el 80 % de sus primeros 250 € donados directamente en su declaración de la renta. Las empresas pueden deducir hasta el 50 % de su donación en el impuesto de sociedades.
⚖️ Ley 49/2002 · RDL 6/2023 · Actualizada enero 2024¿Cuánto te devuelve Hacienda?
Depende de si eres particular o empresa, y de si llevas donando a la misma entidad de forma continuada. Cuanto más fiel eres, más recuperas.
Particulares
Deducción en el IRPF · Declaración de la RentaEmpresas
Deducción en Impuesto sobre Sociedades (IS)🗺️ Deducciones adicionales en tu comunidad autónoma
Además de la deducción estatal, muchas comunidades autónomas ofrecen beneficios adicionales en su tramo del IRPF. Por ejemplo, Cataluña deduce hasta el 25 % en donaciones a investigación científica, la Comunitat Valenciana el 20 % en donaciones medioambientales y Madrid el 15 % en donaciones a fundaciones. Consulta la normativa de tu comunidad o pregunta a tu asesor fiscal para maximizar el beneficio.
¿Cuánto te cuesta realmente donar?
Menos de lo que imaginas. Aquí tienes tres situaciones habituales para que lo veas en números concretos.
¿Cómo aplico la deducción?
Es más sencillo de lo que parece. Cuatro pasos y listo.
Haz tu donación
Por transferencia, tarjeta o bizum. La donación debe ser irrevocable y sin contraprestación significativa.
Recibe el certificado
Ecocolmena te emite un certificado oficial con tu NIF, importe, fecha y todos los datos que exige la AEAT.
Aplícalo en tu Renta
El borrador de Hacienda suele incluirlo automáticamente. Para empresas: casilla de deducción en el modelo 200.
Guarda el certificado
No hace falta adjuntarlo, pero Hacienda puede pedírtelo. Consérvalo al menos 4 años.
Preguntas que todos se hacen
¿Ecocolmena está acogida a la Ley 49/2002?
Sí. Ecocolmena es una entidad sin ánimo de lucro acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, lo que garantiza al donante el derecho a las deducciones descritas en esta guía.
¿Qué pasa si no recibo el certificado?
Escríbenos y te lo emitimos de inmediato. Sin certificado no podrías justificar la deducción ante Hacienda. Es tu derecho y nuestra obligación expedirlo.
¿Puedo deducir una donación en especie?
Sí, desde la reforma de 2024 también son deducibles donaciones de bienes y derechos (no solo dinero) y la cesión gratuita de uso de bienes, como un local.
¿Y si mi donación supera el límite del 10 %?
En particulares el exceso no se arrastra. Para las empresas sí: lo no deducido puede aplicarse en los 10 años siguientes.
¿Hacienda ya lo rellena automáticamente?
En muchos casos sí: Ecocolmena comunica cada año a la AEAT las donaciones recibidas, así que el borrador de la Renta puede ya incluirlo. Revísalo antes de confirmar.
¿Cómo funciona el «mecenazgo de reconocimiento»?
Desde 2024, si recibes un detalle simbólico (merchandising, agradecimiento público), no pierdes la deducción siempre que el regalo no supere el 15 % de tu donación ni 25.000 €.
¿Las donaciones mensuales cuentan igual?
Sí, se suman todas las del año. Donar 25 €/mes equivale a 300 €/año de base deducible. Además activan el bonus de fidelidad si mantienes o aumentas el importe.
¿Puede una empresa donar y además marcar el 0,7 %?
Sí, son compatibles. El 0,7 % solidario (casilla 00073 del modelo 200) es independiente de la deducción por donación y no tiene coste adicional.
Todo en una tabla
Para que lo tengas siempre a mano.
| Tipo de donante | Tramo / Situación | Deducción | Límite |
|---|---|---|---|
| 👤 Particular IRPF | Primeros 250 € donados | 80 % | 10 % de la base liquidable |
| Exceso de 250 € (1.er o 2.º año) | 40 % | ||
| Exceso de 250 € (desde el 3.er año fiel) | 45 % | ||
| 🏢 Empresa IS | Donación (1.er o 2.º año) | 40 % | 15 % de la base imponible Exceso aplazable 10 años |
| Donación igual o mayor (desde el 3.er año fiel) | 50 % | ||
| 🏢 Empresa IS | Casilla 0,7 % solidario (modelo 200) | 0,7 % | Sin coste adicional para la empresa |