Cómo ser socio o socia de Ecocolmena

EXPLICACIÓN DE LAS CUOTAS DE SOCIOS
Tipos de socios
- Socio de número 100 € / año
Asume deberes y derechos. Participa en las Asambleas con voz y voto.
- Socio Dúo de número 150 € / año
Requiere 2 socios, empadronados en el mismo domicilio. Asume deberes y derechos. Participa en las Asambleas con voz y voto.
- Apicultor anfitrión (no socio) 60 € / año
Forma parte de la Red Ecocolmena como apicultor anfitrión pero no es socio de la Asociación Ecocolmena
- Socio desde Apicultor anfitrión (Cuota adicional) 40 €
Pasa de ser apicultor anfitrión no socio a ser socio de pleno derecho de la Asociación Ecocolmena. Es una cuota de actualización y de pago único. Después de pagar la cuota adicional se obtiene la condición de socio de número.
- Socio Colaborador (sin voto) 30 € / año
Colabora con la Asociación, pudiendo asistir a las Asambleas sin derecho a voto.
Formulario de alta y pago de la cuota
Al realizar el alta o la renovación aceptas las normas, deberes y derechos de los socios que se indican más abajo. En el caso de alta deberás enviar el documento de registro.
Asamblea Ordinaria

Próxima Asamblea o encuentro
- 9 o 16 de marzo de 2024: Asamblea General
La Asociación Ecocolmena España se reunión con la participación de una amplia presencia de sus socios/as fundadores y socios de número para la celebración de 6ª Asamblea General Ordinaria, que tuvo lugar el sábado día 4 de febrero de 2023 en el Albergue Rural Barbatona.
El acta, los proyectos y los grupos de trabajo fueron publicados en la comunicación interna.
Creamos la revolución en la apicultura y la hicimos social
Os invitamos a todos a ser socias y socios, participando en la próxima Asamblea de la Asociación Ecocolmena.


Gracias por pasar a la acción
Estamos abiertos a nuevos socios que tengan ilusión por cooperar en los propósitos de la Asociación
#activistas #ecologistas #abejassolitarias #conservacionistas #profesionales #TU #académicos #estudiantes #apicultores #jóvenes #mayores
Si eres mayor de 18, te gusta el activismo y el medio ambiente. Da igual si sabes de abejas; no todos los socios son apicultores porque los problemas afectan a todas las especies de polinizadores.

Documentación relacionada
Alta de socio
Por favor, si es un alta de socio, tras realizar el pago de tu cuota, rellena y envíanos el siguiente documento firmado y escaneado.
Alta apicultor anfitrión
Por favor, si quieres ser apicultor anfitrión, antes de hacer el pago de la cuota, rellena y envíanos el formulario de la página "Hazte anfitrión".
Somos una ONG
- 39 socias y socios
- 1.600 donantes
Composición de la Junta Directiva de la Asociación Ecocolmena
- Anna Ràfols
- Marianela Castillo
- Javier Llavador
- Marcos Manzano
- Joan Santana
- Jesús Manzano
La asociación la componen personas activas en cuidado de la naturaleza
Propósito de Ecocolmena
La Asociación tiene como fines la defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social y de la investigación.
Actividades:
Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:
- Defensa de las abejas y otros polinizadores
- Integración de apicultores en una plataforma común de comunicación, gestión y actividades, representadas bajo la marca comercial ECOCOLMENA.
- Disposición de los apicultores para facilitar colmenas de enjambres de abejas o apiarios de titularidad propia, como unidades parciales o completas, por periodos mensuales o anuales, para el apadrinamiento por personas físicas y jurídicas, bajo la marca comercial APADRINA UNA COLMENA.
- Promoción de la investigación sobre las amenazas y enfermedades que sufren los polinizadores
- Promoción y gestión de actividades formativas y divulgativas con personas físicas, jurídicas e instituciones educativas, en los apiarios de los apicultores o en las instalaciones de terceros.
- Promoción y gestión del turismo apícola.
- Promoción y gestión de la apicultura urbana.
- Promoción y gestión de la formación en apicultura.
- Promoción y gestión de la venta de productos de la colmena y derivados producidos por los apicultores ecológicos asociados.

Normas de los socios
Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación.
Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios/as:
a) Promotores o fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
b) De número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.
c) De honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la y podrán ser propuestos por la Asamblea General.
Los socios/as causarán baja por alguna de las causas siguientes:
a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer dos cuotas periódicas.
c) Por incumplimiento reiterado de sus deberes, si no corrigiera en el plazo de treinta días las causas del incumplimiento.
Los socios/as fundadores y de número tendrán los siguientes derechos:
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Los socios/as fundadores y de número tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen.
c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
e) Cumplir los procedimientos de trabajo normalizados que son aprobados por la Asamblea General.
f) Salvaguardar la imagen corporativa de la asociación.
Los socios/as de honor tendrán las mismas obligaciones que los fundadores y de número a excepción de las previstas en los apartados b) y d), del artículo anterior.
Asimismo, tendrán los mismos derechos a excepción de los que figuran en los apartados c) y d) del artículo 23, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.
Normas de las cuotas
La cuota de incorporación de nuevo socio y de renovación de 100 € anuales que debe satisfacerse durante los 3 primeros meses del año, preferiblemente antes de la reunión de Asamblea General que se realiza en el mes de marzo. En el caso que una unidad territorial de Ecocolmena la formen más de un socio, y compartan empadronamiento, el segundo socio tiene un descuento del 50%.
Los apicultores anfitriones, no socios de Ecocolmena, tienen una cuota de 60 € para participar en la Red Ecocolmena, pero no tienen representación en la Asociación Ecocolmena. En caso de que un apicultor anfitrión -no socio- decida incorporarse a la Asociación Ecocolmena, podrá pagar 40 € adicionales para incorporarse como socio de pleno derecho.
Los socios colaboradores son aquellos que, sin ostentar la condición de socio numerario o de honor, forman parte de la Asociación contribuyendo a los fines de la misma.
Los socios colaboradores pueden participar en todas las actividades de la Asociación que no estén expresamente reservadas para los socios de número.
Contribuyen al logro de los fines de las mismas de acuerdo con sus posibilidades y circunstancias.
La cuota de socio colaborador es de un mínimo de 30 €. Tendrán participación en las actividades de Ecocolmena y recibirán carnet de Cuidador de las Abejas: Bee-Sitter.
Según el Artículo 15 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación señala que:
Las asociaciones inscritas responden de sus obligaciones con todos sus bienes presentes y futuros.
Los asociados no responden personalmente de las deudas de la asociación.
Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación, y las demás personas que obren en nombre y representación de la asociación, responderán ante ésta, ante los asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes.
Las personas a que se refiere el apartado anterior responderán civil y administrativamente por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones, y por los acuerdos que hubiesen votado, frente a terceros, a la asociación y a los asociados.
Cuando la responsabilidad no pueda ser imputada a ningún miembro o titular de los órganos de gobierno y representación, responderán todos solidariamente por los actos y omisiones a que se refieren los apartados 3 y 4 de este artículo, a menos que puedan acreditar que no han participado en su aprobación y ejecución o que expresamente se opusieron a ellas.